| Convenios |
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| Convenio de Colaboración Igadi - MERCOSURASIA Acuerdo de colaboración entre el Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional y MERCOSURASIA |
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Día 17 de julio de 2007.
de otra, Gonzalo Martínez, director de MERCOSURASIA, reconociéndose mutuamente la capacidad legal para otorgar este Acuerdo,
Habida cuenta que desde su creación el IGADI ha mostrado una honda preocupación por el estudio de los problemas internacionales desde una dimensión investigadora, científica y aplicada, fomentando el intercambio de relaciones con otros centros e instituciones que comparten idénticas sensibilidades. Considerando que desde su fundación MERCOSURASIA tiene como principal objetivo el contribuir a un mayor conocimiento de la actualidad y las perspectivas de la cooperación en el MERCOSUR en particular y sus relaciones con Asia en general. A sabiendas de que el IGADI dispone de una larga trayectoria y reconocimiento en el estudio de los problemas asiáticos, en especial del mundo chino, y también de los problemas ligados a la integración latinoamericana. Valorando también la necesidad de promover un esfuerzo de aproximación y divulgación de estudios sobre las relaciones entre el MERCOSUR y Asia. Las dos instituciones comparten el objetivo de realizar diferentes iniciativas tendentes a profundizar el mutuo conocimiento de la realidad de los procesos de integración. Coincidiendo ambas partes en la necesidad de contribuir, en la medida de sus posibilidades, a estimular el interés por los procesos de integración en general, y de la relación entre MERCOSUR y Asia en particular, en sus respectivos círculos profesionales. En virtud de cuanto precede, las dos partes subscriben el presente Acuerdo sujeto a las siguientes
Primera Se establecen como objetivos compartidos los siguientes: a) Facilitar el intercambio de publicaciones propias. b) Estimular el intercambio de contactos. c) El apoyo a profesores, investigadores y estudiantes interesados en temas relacionados con la Integración. d) Realización de eventos conjuntos. e) La promoción de investigaciones en áreas de interés común.
Para la eficaz implementación de los objetivos citados, ambas partes podrán elaborar un Plan de actividades.
En todas las acciones desarrolladas al amparo de este Acuerdo se hará constar explícitamente la participación de ambas partes.
Se crea una Comisión de Seguimiento formada por un representante de cada una de las partes que se podrán reunir una o más veces al año para programar actividades y efectuar el balance de las mismas.
Las partes acuerdan que en caso de litigio, discrepancia o reclamación que resulte de la ejecución o interpretación del presente Convenio, se resolverán en primera instancia a través de un árbitro de equidad.
La duración de este Acuerdo es indefinida y entrará en vigor a partir de la fecha de la firma. Su rescisión por alguna de las partes se efectuará por escrito y con una antelación mínima de tres meses. En cualquier caso, se deberá garantir la finalización de las actividades en curso.
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Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional www.igadi.org ÚLTIMA REVISIÓN: 20/07/2007 |
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